Pérdida de inversiones y reinversión de cantidades: Tratamiento fiscal

Acumulación de cantidades recuperadas y deducción por pérdidas fortuitas o por fuerza mayor.

Las cantidades recuperadas por las pérdidas por caso fortuito o fuerza mayor de inversiones que sufran las personas morales deberán ser acumuladas en el ejercicio que se recibieron; sin embargo, si estas cantidades son reinvertidas, es posible no acumular dicho ingreso.

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