Aportación patronal progresiva a CyV: Equitativa y proporcional

La tarifa busca ajustar las aportaciones de acuerdo con la capacidad contributiva de los patrones.

En relación con los artículos 168, fracción II, inciso a), de la Ley del Seguro Social, y el segundo transitorio del decreto correspondiente, se establece que el uso de una tarifa progresiva, en lugar de una tasa fija, para calcular las aportaciones patronales en los ramos de cesantía en edad avanzada y vejez no contraviene los principios tributarios de proporcionalidad y equidad.

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