Requisitos para la exención del IVA para asociaciones o sociedades civiles

Criterios jurisdiccionales en materia de IVA en AC y SC.

La Ley del Impuesto al Valor Agregado (IVA) indica que los servicios proporcionados a los miembros de las asociaciones o sociedades civiles organizadas con fines científicos, políticos, religiosos y culturales estarán exentos del impuesto relativo. Sin embargo, existe un criterio jurisdiccional que indica dos puntos esenciales que deben demostrar estas entidades a fin de poder acreditar satisfactoriamente que el servicio actualiza el supuesto.

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