Requisitos para deducción de asistencia técnica

No violan derecho a mínimo vital.

El Artículo 27, fracción X de la Ley del Impuesto sobre la Renta (LISR) establece que los requisitos para proceder con la deducción de pagos relacionados con servicios de asistencia técnica, transferencia de tecnología o regalías, no contravienen el derecho al mínimo vital de los contribuyentes. Este derecho, vinculado con las garantías fundamentales, busca asegurar que cada persona conserve una parte suficiente de su ingreso para cubrir necesidades básicas.

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