Actualización de pensión por CyV con INPC: Respeta el mínimo vital

No se viola el derecho al mínimo vital.

La Segunda Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación resolvió el amparo en revisión 180/2023, mediante el cual se confirmó que el Artículo Décimo Primero Transitorio del decreto de reforma a la Ley del Seguro Social del 20 de diciembre de 2001 no vulnera el derecho al mínimo vital, en lo que respecta a la actualización de la pensión por cesantía en edad avanzada.

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