Forma de llevar a cabo la notificación por estrados

Debe publicarse tanto en las oficinas como en la página electrónica.

El Artículo 139 del Código Fiscal de la Federación regula las formalidades que deben cumplir las notificaciones por estrados de los actos administrativos, estableciendo que estas notificaciones se deben realizar cumpliendo con dos requisitos de forma simultánea: primero, fijar el documento que se pretende notificar durante quince días consecutivos en un sitio abierto al público en las oficinas de la autoridad que realiza la notificación; y segundo, publicar dicho documento en la página electrónica establecida por las autoridades fiscales durante el mismo plazo.

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