- Fiscal
- octubre 10, 2024
Devolución de bienes embargados sin recuperación de valor íntegro: Injustificado
No se debe afectar el derecho de los particulares a recibir una indemnización completa.
La Segunda Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación ha dictaminado como injustificada la disposición de la Ley Aduanera que impide a los particulares recibir el valor íntegro de sus bienes embargados cuando estos han sido enajenados por el Servicio de Administración y Enajenación de Bienes (SAE), aun cuando exista una resolución firme que ordene su devolución.