REFIPRE: No es necesario analizar la totalidad del régimen extranjero

Se aplica la legislación mexicana y se compara el impuesto efectivamente pagado en el extranjero.

Para determinar si un ingreso está sujeto a un régimen fiscal preferente, de acuerdo con el Artículo 212 de la Ley del Impuesto sobre la Renta vigente en 2007, solo se requieren dos datos concretos: el monto del ingreso involucrado y el monto del impuesto efectivamente pagado en el extranjero. No es necesario un análisis profundo de la legislación extranjera.

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