- Fiscal
- noviembre 07, 2024
Suspensión temporal de visita domiciliaria por Covid-19
Las visitas domiciliarias fiscales debieron suspenderse entre el 24 de marzo y el 19 de abril de 2020.
El “Acuerdo por el que se establecen medidas preventivas” emitido en el contexto de la pandemia de COVID-19, determinó que tanto los sectores público, privado y social debían suspender temporalmente actividades que implicaran concentración física de personas. En consecuencia, las visitas domiciliarias fiscales debieron suspenderse entre el 24 de marzo y el 19 de abril de 2020.