Inconstitucionalidad limitar monto de pensión de riesgo de trabajo y otra

Artículo 125 de la Ley del Seguro Social derogada.

El Artículo 125 de la Ley del Seguro Social derogada es inconstitucional al limitar el monto total que pueden percibir los trabajadores o sus beneficiarios cuando se les conceden pensiones derivadas de riesgos de trabajo y otra compatible (como invalidez, vejez, cesantía en edad avanzada o muerte).

Acceso libre expirado

¡Lo sentimos! El período de acceso libre a la lectura de esta publicación ha terminado. Te invitamos a que te suscribas a Fiscalia y no te quedes sin acceso a esta útil información.