Incumplimiento de primera parcialidad de PF: Precaución con la nueva medida

Cambio importante en el procedimiento para pago en parcialidades del impuesto anual.

Los contribuyentes que deban presentar declaración anual del Impuesto sobre la Renta (ISR) del ejercicio pueden efectuar el pago hasta en seis parcialidades, mensuales y sucesivas, siempre que dicha declaración la presenten dentro del plazo establecido por el precepto mencionado; es decir, a más tardar el 30 de abril del año siguiente al que corresponda el impuesto.

Acceso libre expirado

¡Lo sentimos! El período de acceso libre a la lectura de esta publicación ha terminado. Te invitamos a que te suscribas a Fiscalia y no te quedes sin acceso a esta útil información.