Fecha de obligatoriedad de nuevos anexos de devoluciones y compensaciones

Aviso del SAT sobre inicio de aplicación de nuevos anexos de formatos 32 y 41.

De acuerdo con las reglas II.2.2.2, II.2.2.6 y II.2.2.7 de la Resolución Miscelánea Fiscal para 2008, publicada en el Diario Oficial de la Federación el 27 de mayo de 2008, los contribuyentes que sean competencia de la Administración General de Grandes Contribuyentes (AGGC), que tengan saldo a favor en materia del IVA, deberán presentar su solicitud de devolución, utilizando la forma oficial 32, acompañada de los dispositivos ópticos (disco compacto) que contengan los archivos con la información de los Anexos A y 7. Dicha información deberá ser capturada para la generación de los archivos, a través del programa electrónico disponible al efecto en la página de Internet del SAT. El llenado de los Anexos se realizará de acuerdo con el Instructivo para el llenado del programa electrónico, mismo que estará también disponible en la página de Internet del SAT.

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