PF suspendidas en RIF que podrán retomar el régimen en 2025

Facilidad otorgada por la autoridad para continuar en el RIF.

A través de la Resolución Miscelánea Fiscal (RMF) para 2025, se incluye un artículo décimo octavo transitorio, el cual prevé la posibilidad para las personas físicas que hayan estado tributando en el Régimen de Incorporación Fiscal (RIF), y que se encontraban en suspensión de actividades ante el Registro Federal de Contribuyentes (RFC), de retomar actividades en dicho régimen.

Acceso libre expirado

¡Lo sentimos! El período de acceso libre a la lectura de esta publicación ha terminado. Te invitamos a que te suscribas a Fiscalia y no te quedes sin acceso a esta útil información.