Reforma constitucional para prohibir vapeadores y similares

Se prohíbe cualquier profesión relacionada con ello.

Con fecha 17 de enero de 2025, se publica en el Diario Oficial de la Federación el Decreto por el que se adicionan un párrafo quinto al artículo 4o. y un párrafo segundo al artículo 5o., de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en materia de protección a la salud.

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