Diferencia entre régimen condominal y asociaciones civiles de colonos

Según la legislación del Estado de Guerrero.

La agrupación de condóminos derivada de un régimen de propiedad en condominio no equivale jurídicamente a una asociación civil de colonos. Mientras el condominio nace automáticamente por ley y tiene personalidad jurídica propia, las asociaciones de colonos se constituyen mediante contrato y su existencia depende de la voluntad de sus miembros.

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