Accionariado en un agente independiente no implica EP

Establecimiento Permanente y su distinción de un Agente Independiente en el marco del Convenio México-Estados Unidos.

El concepto de establecimiento permanente (EP) es un pilar fundamental en los convenios fiscales internacionales para evitar la doble imposición y delimitar la potestad tributaria entre Estados. En el contexto del Convenio entre México y Estados Unidos (en adelante, el 'Convenio'), el artículo 5°, punto 7°, establece una distinción crítica entre agentes dependientes e independientes para determinar la existencia de un EP.

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