Domicilio fiscal: ¿Es suficiente con la administración principal del negocio?

Alcances y consideraciones en el aviso de cambio de domicilio.

El domicilio fiscal es un concepto fundamental en el ámbito tributario, ya que determina el lugar en el que las personas físicas y morales están obligadas a cumplir con sus obligaciones fiscales. En el caso de las personas morales residentes en México, el Artículo 10, fracción II, inciso a) del Código Fiscal de la Federación (CFF) establece que su domicilio fiscal será el local en donde se encuentre la administración principal del negocio. Este precepto, aparentemente sencillo, adquiere complejidad cuando se analiza en el contexto del aviso de cambio de domicilio y la verificación que realiza la autoridad fiscal.

Acceso libre expirado

¡Lo sentimos! El período de acceso libre a la lectura de esta publicación ha terminado. Te invitamos a que te suscribas a Fiscalia y no te quedes sin acceso a esta útil información.