Ajuste de descuentos INFONAVIT en el SUA por ausencias e incapacidades

Análisis técnico de la aplicación de la reforma a los descuentos y el criterio del INFONAVIT.

El 21 de febrero de 2025, se publicó en el Diario Oficial de la Federación una reforma al penúltimo párrafo del Artículo 29 de la Ley del INFONAVIT, cuyo texto establece que: “Cuando se trate de la obligación de hacer los descuentos a que se refiere la fracción III, no se suspenderá por ausencias o incapacidades en términos de la Ley del Seguro Social”.

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