Leyes al Vapor

Una de las leyes que convendría establecer en una reforma fiscal, previamente a todo lo demás, sería aquella que indicara que cualquier reforma o cambio a las leyes tributarias no podrá entrar en vigor sino después de al menos un mes de que sea publicada en el Diario Oficial de la Federación.

LEYES AL VAPOR C.P. GUSTAVO LEAL BENAVIDES Presidente de Fiscalia Director General de Leal Benavides y Cía., S.C.   Artículo publicado en la Sección de Negocios de El Norte del viernes 11 de enero de 2002 Una de las leyes que convendría establecer en una reforma fiscal, previamente a todo lo demás, sería aquella que indicara que cualquier reforma o cambio a las leyes tributarias no podrá entrar en vigor sino después de al menos un mes de que sea publicada en el Diario Oficial de la Federación. Por otra parte, convendría fijar plazos para la discusión y resolución de las leyes de ingresos y egresos, estableciendo fechas tope con una anticipación razonable, por ejemplo de 3 meses, antes de que inicie el ejercicio fiscal subsecuente. Sobre esta base, el Congreso tendría una fecha máxima para dictar obligatoriamente las leyes indicadas con una anticipación que evitaría colocar al país en la incertidumbre y la inseguridad, elementos predecesores de la anarquía. Este tipo de leyes y los plazos para formularlas deben manejarse como estrategia de Estado, no como tesoros al alcance de partidos políticos, puesto que en su manejo a conveniencia se corre siempre el riesgo de alterar, e inclusive desestabilizar en diversos grados, la marcha del país. RETROCESOSComo esperanza, un cambio político como el que se dio en nuestro país implicaba fundamentalmente un cambio de filosofía, de principios, de prácticas, que le dieran a todos los mexicanos mucho de lo que insistentemente ha requerido para vivir con la dignidad que le ha sido negada por décadas: seguridad, justicia, honestidad. En el terreno fiscal se ha insistido hasta la saciedad en la necesidad de seguridad jurídica, simplificación administrativa, leyes equitativas, simplicidad en las normas... El cambio político era propicio para ver exactamente este cambio tan largamente esperado. Pero lamentablemente en el proceso y resultado de esta reforma hemos visto que esas demandas tampoco ahora, en la supuesta época del cambio, son atendibles. Se ha vuelto a transitar por un camino indeseable, largamente recorrido, y que aunque ansiosamente se ha buscado abandonar, no se encuentra pleno eco para esos propósitos en los funcionarios y legisladores actualmente en el poder. Para nadie es un secreto que las discusiones en las Cámaras no concluyeron el 31 de diciembre. Se extendieron hasta el 1 de enero, y probablemente este hecho pudiera ser indicativo de cierta afectación de ilegalidad que pudiera tener toda la reforma. Por otra parte, la publicación en el Diario Oficial de la Federación se hizo con un gran número de errores y discordancias, por las equivocaciones propias en que se incurre cuando el proceso legislativo está altamente presionado por el tiempo. IMPOSIBILIDADESFinalmente se publicó la reforma fiscal en el Diario Oficial de la Federación de fecha 1 de enero, con cerca de 280 páginas de texto, en las cuales aparecen diversas leyes fiscales que contienen cientos de artículos. Solamente la Ley del Impuesto Sobre la Renta está conformada por 221 artículos, mas 90 (¡noventa!) transitorios. Todos los artículos de todas las leyes tienen aplicabilidad en todo el país desde el 1º de enero, día en que precisamente se estaba terminando de legislar; sin embargo, los contribuyentes deben leer, revisar, comparar, analizar, interpretar y, en fin, procesar y ordenar en función de sus necesidades toda esta enorme cantidad de voluminosa información para tratar de cumplir con la misma en tiempo y en forma a fin de no incurrir en omisiones o errores que siempre resultan costosos. Algún legislador de Nuevo León, del PAN, indicó que "al estudiar la reforma en dos días no se puede estudiar la totalidad de los artículos y uno se enfoca en los puntos prioritarios". Otro, del DF y del PRI, mencionó, respecto a las disposiciones que conceden exenciones a los burócratas que no se dan a todos los trabajadores de México, que "desafortunadamente, por la vorágine en la que entra el proceso legislativo no se pudieron corregir". Por supuesto, los contribuyentes no pueden tampoco en dos días, ni en diez ni en quince, conocer con precisión todo lo que dicen y a lo que les obligan las leyes fiscales; ellos tienen que operar todos los días, comprar y vender, pagar nóminas, facturar, y ante estas aberraciones de tiempo constitucional para discutir, resolver y publicar leyes fiscales, difícilmente sabrán con oportunidad si, por ejemplo, la Secretaría de Hacienda y los legisladores le agregaron nuevos requisitos a la factura que deben emitir, si deben o no cargar un impuesto adicional, si debe aparecer una nueva leyenda en la misma, si el cobro, si el pago, si la bonificación, si la devolución... EXIGENCIASAl contribuyente se le exigirá, finalmente, cuando sea revisado por la autoridad o por los dictaminadores, que haya cumplido con todas y cada una de sus obligaciones desde el primer día en que entró en vigor la Ley, cuando en la realidad en dicha fecha todavía estaban discutiendo sus hacedores cómo debían quedar los textos respectivos. Un gobierno, cualquiera que este sea, no le puede pedir racionalmente a sus ciudadanos que cumplan cabalmente con las leyes cuando las mismas emergen de procesos que sufren de vicios ocultos y desviaciones visibles, y cuando por la falta de oportunidad el propio gobierno le está impidiendo a sus ciudadanos cumplir correctamente con dichas leyes desde que entran en vigor. Un cambio en la administración y legislación fiscal de este sexenio debería considerar establecer obligatoriamente, por ley, plazos adecuados para que el contribuyente conozca las nuevas leyes fiscales o sus reformas con un tiempo de anticipación prudente en relación con la fecha de inicio de su cumplimiento. Seguir con el sistema actual es mantener un proceso legislativo ineficiente, ilógico y, en los tiempos y circunstancias que corren, casi imprudente. También significa mantener a los contribuyentes en el abuso y la inequidad de siempre, sin que esto le preocupe mayormente a los legisladores y al poder ejecutivo.

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