- Fiscal
- noviembre 22, 2008
Cómputo para la presentación de amparo directo
En el cómputo de su presentación deben tomarse en cuenta como hábiles todos los días del año, excepto los que establecen los artículos 23 de la ley de la materia y 163 de la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación, aun cuando la responsable y el tribunal colegiado de circuito hayan laborado en alguno de esos días, y descansado en conmemoración de determinado día el lunes correspondiente