Ampliación del período conservación de derechos para desempleados

Se amplía período de 8 a 16 semanas para quienes hayan quedado desempleados en el 1° semestre 2009.

El asegurado que quede desempleado y que a ese momento haya cotizado un mínimo de 8 semanas ininterrumpidas, conservará durante las 8 semanas posteriores a la desocupación, el derecho a recibir, exclusivamente la asistencia médica y de maternidad, quirúrgica, farmacéutica y hospitalaria que sea necesaria. Del mismo derecho disfrutarán sus beneficiarios. Así lo dispone el Artículo 109 de la Ley del Seguro Social.

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