Inconstitucional el derecho cobrado por licencia de construcción en Sonora

Las normas respectivas, al establecer que el pago de derechos por la expedición de licencias de construcción se fijará tomando en cuenta, además del tipo de licencia y el volumen de la obra, el valor de la propia construcción, violan los principios tributarios de equidad y proporcionalidad previstos en la Constitución, en virtud de que para su cálculo se atiende a un elemento ajeno al servicio público prestado. De acuerdo con tesis aislada del Segundo Tribunal Colegiado en Materias Penal y Administrativa del Quinto Circuito, publicada en octubre de 2008.

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