El apercibimiento de corte de la CFE es acto de autoridad para juicio de amparo

Recientemente se sustituyó la leyenda que se colocaba en el margen superior derecho del anverso de texto "corte a partir de" por la de "fecha límite de pago", y al reverso del documento se imprimen diversos artículos que sustentan la emisión del acto de cobro. En estas condiciones, es inconcuso que el documento mencionado contiene un apercibimiento implícito de corte del suministro, toda vez que por imperativo del artículo 26 de la Ley del Servicio Público de Energía Eléctrica, que se invoca al reverso del recibo, el organismo de referencia está facultado para realizar el corte del servicio por falta de pago oportuno de la energía eléctrica durante un periodo normal de facturación, sin que para ello requiera del consenso del consumidor ni la participación de alguna otra autoridad, lo que lleva a concluir que el apercibimiento implícito que contiene el aviso-recibo, en su reciente formato, es un acto de autoridad para los efectos del juicio de amparo, en virtud de que afecta la esfera jurídica de los consumidores en forma unilateral, pues no se trata de una relación de coordinación, sino de una de supra a subordinación. Así lo establece tesis aislada del Primer Tribunal Colegiado en Materias Penal Y Administrativa del Vigésimo Primer Circuito publicada en noviembre de 2008.

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