Reporte anual de operaciones de comercio exterior

El 31 de mayo de 2009 vence el plazo para presentar el Reporte del ejercicio 2008.

El Artículo 109 de la Ley Aduanera establece que las empresas con programas de exportación autorizados por la Secretaría de Economía (SE) deberán presentar ante las autoridades aduaneras, declaración en la que proporcionen información sobre las mercancías que retornen, la proporción que representan de las importadas temporalmente, las mermas y los desperdicios que no se retornen, así como aquellas que son destinadas al mercado nacional, conforme a lo que establezca el Reglamento, el cual en su artículo 150 establece que esta información se presenta de forma anual conforme a las reglas expedidas por la autoridad.

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