Nulidad lisa y llana por omitir la resolución

Las constancias no desvirtúan su desconocimiento, ya que el cumplimiento conlleva una doble consecuencia: desvirtuar la negativa alegada por el actor y permitir a éste conocer la determinación impugnada para brindarle la oportunidad de combatirla, pues de lo contrario se haría nugatorio su derecho de audiencia, ya que no tendría los elementos necesarios para controvertirla mediante la ampliación de su demanda. Así lo establece jurisprudencia del Primer Tribunal Colegiado en Materias Administrativa y de Trabajo del Décimo Sexto Circuito, publicada en febrero de 2009.

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