Venta de alimentos preparados en tiendas de autoservicio: IVA a tasa general

SAT incorpora un nuevo criterio no vinculativo relativo a la enajenación de alimentos preparados.

El 25 de noviembre de 2008 el Servicio de Administración Tributaria dio a conocer un criterio en materia de Impuesto al Valor Agregado (IVA) relativo al tratamiento que debe tener la enajenación de productos preparados para su consumo en el lugar de enajenación.

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