- Fiscal
- diciembre 08, 2009
Acreditamiento ante la autoridad de la declaración por medios electrónicos
El cumplimiento se acredita con el acuse de recibo que contenga el sello digital.
No es suficiente exhibir únicamente el acuse de envío, el cual no contiene el sello digital, y en el cual consta al calce que el obligado debe esperar el acuse con sello digital.