Proveedores Nacionales: Opción para que les Retengan IVA

Opción para que a los proveedores nacionales se les retenga IVA en operaciones de comercio exterior.

Los proveedores nacionales que enajenen a empresas maquiladoras, PITEX, a empresas de comercio exterior o empresas de la industria automotriz terminal o manufacturera de vehículos de autotransporte, las mercancías a que se refiere la fracción I del artículo 108 de la Ley, que sean utilizadas en su proceso productivo aun cuando las mismas no se encuentren dentro de su programa autorizado, el proveedor nacional podrá optar porque se efectúe la retención del IVA. Esto se estableció a través de una modificación a la Regla de Comercio Exterior 5.2.4. publicada el 17 de marzo de 2003.

Acceso libre expirado

¡Lo sentimos! El período de acceso libre a la lectura de esta publicación ha terminado. Te invitamos a que te suscribas a Fiscalia y no te quedes sin acceso a esta útil información.