Artículos Libres de Arancel para Personas con Discapacidad

Exención del Impuesto General de Importación a los equipos y artículos para compensar una disfunción corporal de personas con discapacidad.

Con la finalidad de permitir a las personas con discapacidad el tener acceso en condiciones más favorables a equipo y artículos que les permitan suplir dichas discapacidades, el 31 de diciembre de 2002, a través de un decreto, se creó la fracción arancelaria 9806.00.04 para exentar del Impuesto General de Importación a los equipos y artículos para compensar una disfunción corporal de personas con discapacidad. El decreto mencionado, en su artículo Segundo Transitorio establece que dicha exención entraría en vigor cuando la Secretaría de Economía dé a conocer la lista de artículos que comprende dicha fracción arancelaria. Ahora bien, a través de acuerdo publicado en el Diario Oficial de la Federación el 25 de abril de 2003, se da a conocer la lista de dichos artículos: Sillas de baño Andaderas Muletas y bastones Prótesis y sus partes Bolsas recolectoras de orina y pegamentos Aparatos ortopédicos y sus partes Implementos para la alimentación (por ejemplo: cucharas especiales, tenedores especiales, cuchillos especiales, vasos especiales) Auxiliares para manejo de equipo de computo (por ejemplo: punzones, diademas) Cojines y colchones, para evitar escaras Aditamentos automotrices para suplir una disfunción motora (por ejemplo: rampas eléctricas o grúas, para sillas de ruedas o “scooters”; “hand control”) Ventiladores no invasivos Regletas para “Braille” Punzones para escritura “Braille” Papel para escritura “Braille” (papel “layer”) o papel con recubrimiento plástico (por ejemplo: polipropileno) Máquinas de impresión “Braille”, para conectarse a una computadora Relojes especiales para los discapacitados visuales (por ejemplo: parlantes, de cristal movible) Rejilla para escritura en negro Balones o pelotas con sonido, para personas discapacitadas visualmente (por ejemplo: “golball”, “beeper ball”, para rehabilitación) Calculadoras parlantes Máquinas de escribir en “Braille” (por ejemplo: máquinas “Perkins”) Lentes para las personas con discapacidad visual (30 dioptrías o mayores) Aditamentos especiales para perros guía Lectora “reading each” Auxiliares auditivos (por ejemplo: de caja, de cubeta, de baterías o pilas eléctricas) y sus baterías o pilas Implantes cocleares y sus partes Teléfonos con teclas para sordos Monitores de saturación de oxígeno Marcapasos diafragmáticos Nebulizadores de medicamentos, neumáticos y ultrasónicos Este acuerdo entra en vigor el 26 de abril de 2003.

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