- Seguridad Social
- noviembre 17, 2003
INPC para el SUA Calculados por el IMSS: Ilegales e Incorrectos
Falla del IMSS en el cálculo del INPC para el SUA provoca que patrones paguen actualización improcedente.
A partir del mes de julio de 2002, el
Banco de México cambió la base de cálculo del
Indice Nacional de Precios al Consumidor (INPC) por una nueva en
la que el índice de la segunda quincena de julio de 2002
será la base de 100.
Ahora bien, la actualización de las contribuciones
al IMSS que se pagan de forma extemporánea son automáticamente
calculadas por el SUA, sistema computacional utilizado para el pago
de cuotas. Este sistema cuenta con una base de datos de INPC que
no permite la alimentación de un valor inferior al último
índice alimentado, por lo que no es posible, en éstos
términos, alimentar los nuevos valores del INPC.
El Instituto Mexicano del Seguro Social ha señalado
que será necesario convertir la base nueva a la base anterior
para efectos de poder alimentar estos datos en el SUA, y para esto,
la Coordinación de Cobranza en forma mensual dará
a conocer el valor de dicha conversión, a fin de que se alimente
al SUA.
El Código Fiscal de la Federación,
en sus artículos 17-A y 20, establece que para calcular la
actualización de una contribución, se aplicarán
los índices publicados por el Banco de México en el
Diario Oficial de la Federación, por lo que Fiscalia considera
que el utilizar un índice no emitido en estos términos,
no es válido legalmente.
Además de lo anterior, esta situación
se presta a la aplicación de índices incorrectamente
calculados por el IMSS como es el caso del INPC aplicable al mes
de octubre, para el cual el IMSS utilizó el INPC de la segunda
quincena de octubre, y no así INPC del mes de octubre, originando
así, una actualización mayor a la que resultaría
de utilizar los INPC publicados por el Banco de México, o
sea, el procedimiento de Ley.
El IMSS ha dado a conocer, a
través de su página de Internet, que el INPC aplicable
al mes de octubre de 2003 es 381.655, lo que representaría
una inflación de 2.75% en lo que va del año, cuando
la inflación acumulada hasta dicho mes ha sido de 2.68%.
El INPC que se debería aplicar, en todo caso, sería
381.402, como se muestra en nuestra sección "Datos de
Uso Frecuente / Indices"
Fiscalia considera que una solución viable
a esta problemática, y que evitará mayores problemas
a los contribuyentes, es la emisión de una actualización
del software SUA, que contenga la nueva base de INPC, y a partir
de la cual se puedan ir actualizando los índices de acuerdo
con las publicaciones que efectúe mensualmente en Banco de
México; sin embargo, a más de un año de haberse
presentado este cambio en el cálculo del INPC, el IMSS no
ha dado una solución definitiva a esta situación.
Los índices dados a conocer por el IMSS se
pueden consultar en nuestra sección "Datos de Uso Frecuente
/ Indices".