Declaraciones Informativas: Fechas y Procedimientos

Prórroga en la presentación de declaraciones informativas y medios que deberán utilizarse para su presentación.

Los contribuyentes obligados a presentar a más tardar el 15 de febrero de 2003 declaraciones informativas correspondientes al ejercicio fiscal de 2002, podrán presentarlas hasta el 28 de febrero del 2003. Estas declaraciones se deberán presentar en los mismos formatos, medios, procedimientos y lugares señalados en las disposiciones fiscales vigentes hasta el 31 de diciembre del 2002, con excepción de la declaración anual de sueldos y salarios establecida en el segundo párrafo de la fracción V del artículo 118, de la Ley de ISR vigente hasta el 31 de diciembre de 2002. Para estos efectos, se ha dado a conocer una nueva forma 90-B "Declaración Anual de Sueldos y Salarios", misma que se presenta en medios magnéticos o a través de Internet en la página del SAT. Lo anterior fue dado a conocer en la regla 3.1.13. adicionada el 30 de enero de 2003 a través de la XIII Resolución de Modificaciones a la Miscelánea Fiscal 2002.

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