Declaración Anual de Personas Físicas: Sólo en Marzo o Abril

Fechas en las que la declaración anual de personas físicas debe presentarse.

De acuerdo con el artículo 175 de la Ley del Impuesto sobre la Renta, la declaración anual de las personas físicas se debe presentar únicamente durante el mes de abril del año siguiente a aquél al que corresponda; es decir, la declaración anual del ejercicio 2002 se presentaría solamente en el mes de abril de 2003. No obstante lo anterior, a través de la Regla Miscelánea 3.12.5. se estableció que las personas físicas podrán presentar su declaración anual correspondiente al ejercicio fiscal de 2002, ante las oficinas autorizadas, durante el periodo comprendido entre los meses de marzo y abril de 2003; es decir, se dio la facilidad de presentar la declaración un mes antes del plazo establecido en ley. Esta disposición fue publicada el 17 de octubre de 2002 en el Diario Oficial de la Federación.

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