Asalariados con Ingresos Superiores a $300,000 en 2002: A Presentar Declaración

Personas físicas que están obligadas a presentar declaración anual aún cuando únicamente hayan obtenido ingresos por sueldos.

Los trabajadores que perciban ingresos por salarios y que el monto de éstos hayan excedido de $300,000 pesos en el ejercicio 2002, estarán obligados a presentar su declaración anual, lo cual podrán hacer durante los meses de marzo y abril de 2003. Cabe señalar que también cuando los trabajadores se ubiquen en los siguientes supuestos deberán presentar dicha declaración: Cuando además obtengan ingresos acumulables distintos de los salarios Cuando se hubiera comunicado por escrito al retenedor que se presentará declaración anual Cuando dejen de prestar servicios antes del 31 de diciembre del año de que se trate o cuando se hubiesen prestado servicios a dos o más empleadores en forma simultánea Cuando obtengan ingresos, por los conceptos de salarios, de fuente de riqueza ubicada en el extranjero o provenientes de personas no obligadas a efectuar las retenciones correspondientes

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