Prórroga Para Pago de Tenencia y Condonación de Adeudos

Facilidades a los contribuyentes del Impuesto sobre Tenencia o Uso de Vehículos.

Se condonan las cantidades que por concepto de actualización, recargos y multas, se hayan generado por la omisión de pago del impuesto sobre tenencia o uso de vehículos correspondiente a los ejercicios fiscales anteriores a 2003, siempre y cuando los contribuyentes de este impuesto realicen el pago de las contribuciones adeudadas a más tardar el 31 de mayo de 2003. Además de lo anterior, Los contribuyentes del impuesto sobre tenencia o uso de vehículos podrán pagar el gravamen correspondiente al ejercicio fiscal de 2003, a más tardar el 30 de abril del mismo año, sin que para estos efectos se deban pagar recargos o multas. Esto se dio a conocer a través de decreto publicado el 31 de marzo de 2003 en el Diario Oficial de la Federación. Condonación de adeudos de Tenencia y prórroga para 2003 (Documento de Word comprimido ".zip" 6.8 Kb)

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