Recomendable Verificar Vigencia de Comprobantes Fiscales

Los comprobantes que expide o recibe podrían estar fuera de la vigencia en ellos señalada.

Los comprobantes fiscales tienen una vigencia de dos años contados a partir de la fecha de impresión de los mismos, y dicho período debe estar señalado en el comprobante. Es recomendable tener presente la fecha en que caducan los comprobantes que se expiden para mandar a imprimir nuevos comprobantes con anticipación. Por otro lado, recomendamos que cuando se pretenda realizar una deducción, se verifique que el comprobante que ampara dicho gasto, aún esté vigente. Lo anterior con la finalidad de evitar el riesgo de que la autoridad rechace dicha deducción porque el comprobante no hubiera estado vigente. Cabe recordar que los únicos contribuyentes que no tienen la obligación de expedir comprobantes con el período de vigencia impreso son las Personas Morales con Fines No Lucrativos, las personas físicas con ingresos por arrendamiento y las personas físicas dedicadas a actividades agrícolas, ganaderas y silvícolas. Los demás contribuyentes que estén obligados a expedir comprobantes, deberán expedirlos reuniendo este requisito. Fundamentos legales: Artículo 29-A del CFF y Regla Miscelánea 2003 2.4.19.

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