Aviso de rescisión de la relación laboral

Caso en que el trabajador se niega a firmar su recepción.

Cuando el trabajador se niegue a recibir el aviso de rescisión de la relación laboral dentro del plazo relativo, el patrón debe hacerlo del conocimiento de la Junta respectiva solicitando su notificación al trabajador; negativa que también se actualiza ante la falta de firma por su recibo, pues no obstante que el precepto no contempla dicha negativa, la firma es una manifestación que entraña conformidad con efectos jurídicos vinculatorios.

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