Previsión social ¿A socios de una SC?

Los socios de una SC no tienen la calidad de clase desprotegida.

El socio civil no tiene la calidad de integrante de la clase social trabajadora económicamente desprotegida, por lo que no tendrían por qué gozar de beneficios de previsión social como lo hacen los socios de una sociedad cooperativa.

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