Los estímulos fiscales tienen la naturaleza de subsidios

Pero no la de ingresos gravables, salvo los casos que dicte el legislador.

Los estímulos fiscales, como herramienta de fomento económico, no pueden considerarse ingresos gravables para efectos fiscales, pues ello sería incongruente con su propósito de disminuir el monto de los impuestos a cargo del contribuyente.

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