Estímulo de ISCAS a Quienes no Interpusieron Medios de Defensa

Aquellos contribuyentes que hubieran ejercido el derecho a defenderse contra una ley, no podrán obtener el estímulo de ISCAS creado por la SHCP.

De acuerdo con el Decreto de Beneficios Fiscales publicado el 30 de octubre de 2003, todas aquellas personas que no hubieran interpuesto algún medio de defensa en contra del Impuesto Sustitutivo del Crédito al Salario (ISCAS) podrán gozar de un acreditamiento del 100% del ISCAS causado a partir del 1° de enero de 2004, contra el mismo impuesto causado tanto en pagos provisionales, como en la declaración anual; es decir, todas las personas que no interpusieron medios de defensa contra este impuesto no pagarán el impuesto de 2004 en adelante. El artículo del decreto que contiene este estímulo establece que el mismo se aplicará a partir del 1° de enero de 2004 y no hace referencia a alguna fecha en la que este beneficio termine, por lo que, en principio, este beneficio será aplicable de 2004 en adelante hasta que el mismo sea expresamente derogado.

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