- Seguridad Social
- noviembre 24, 2003
Aclaración del Infonavit en Relación con Descuentos a Trabajadores
Aclara Infonavit confusiones con respecto a la aplicación de tasas de descuento inferiores a las de Ley.
Debido a algunas confusiones con respecto
a la aplicación del acuerdo del H. Consejo de Administración
del Infonavit No. 44782, en el que el Instituto otorgaba la facilidad
de aplicar tasas de descuento inferiores a las de Ley, dicho instituto
ha publicado un aviso en el Diario Oficial de la Federación,
con fecha 24 de noviembre de 2003.
De ese aviso se desprende que a partir del 1°
de enero de 2004, los importes de descuento que aparezcan en las
cédulas del Infonavit, serán los descuentos que se
deberán efectuar a los trabajadores. Así mismo, se
señala que no les son aplicables las tasas de descuentos
menores indicadas en dicho acuerdo a los créditos otorgados
después de enero 31, 1998. Sin embargo, el Instituto considerará
como válidos los pagos efectuados por los períodos
anteriores al 1° bimestre de 2004, aún cuando a estos
se les hubiera aplicado la tasa de descuento menor.
A continuación se reproduce el aviso:
"AVISO A LOS PATRONES SUJETOS AL REGIMEN
DEL INSTITUTO DEL FONDO NACIONAL DE LA VIVIENDA PARA LOS TRABAJADORES,
OBLIGADOS A EFECTUAR RETENCION DE DESCUENTOS PARA LA AMORTIZACION
DE CREDITOS DE VIVIENDA.