- Fiscal
- diciembre 13, 2012
¿Qué validez debe tener el cumplimiento extemporáneo de obligación formal?
Cuestiones de fondo frente al incumplimiento parcial de formas
Con fecha 12 de diciembre de 2012 la Procuraduría de la Defensa del Contribuyente (PRODECON) presenta en su página de Internet un dictamen en el que analiza la preponderancia de la valoración de cuestiones de fondo frente al incumplimiento parcial de una obligación formal.