Reglas Generales en Materia de Comercio Exterior para 2004

Reglas de comercio exterior que estarán vigentes del 1o. de abril de 2004 al 31 de marzo de 2005.

Se publican las Reglas de Carácter General en Materia de Comercio Exterior para 2004, mismas que estarán en vigor del 1o. de abril de 2004 al 31 de marzo de 2005, excepto por lo siguiente: La regla que dispone la obligación de presentar el “Encargo conferido al agente aduanal para realizar operaciones de comercio exterior y la revocación del mismo” entrará en vigor el 15 de abril de 2004. Por su parte, las reglas referentes a la carta de cupo electrónica, entrarán en vigor el 15 de abril de 2004. Por el periodo comprendido del 31 de marzo del 2004 al 15 de abril del 2004, serán aplicables las vigentes al 30 de marzo del 2004. Consulta este documento pulsando sobre el siguiente vínculo: Reglas Generales de Comercio Exterior para 2004 (Documento de Word comprimido ".zip" 233 Kb)

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