- Fiscal
- julio 09, 2013
Beneficio fiscal para la Industria Maquiladora
La medida sustractiva tiene la naturaleza jurídica de una exención subjetiva parcial.
La exención constituye un apoyo económico concedido directamente al mencionado sector industrial, mediante el sacrificio del cobro parcial del tributo, para incentivar la actividad referida que se considera importante para el desarrollo del país por ser generadora de inversiones y empleos.