Diferencia entre negativa ficta y confirmativa ficta

Ambas figuras están previstas en la Ley Federal de Procedimiento Administrativo.

La figura de la confirmativa ficta prevista en el artículo 9 de la Ley Federal de Procedimiento Administrativo (LFPA), es similar a la negativa ficta, contemplada en el artículo 17. Ambas prevén el término de tres meses que tiene la autoridad para emitir resolución y notificarla al particular; sin embargo, la diferencia recae en un elemento esencial.

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