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  • diciembre 06, 2013

Embargo en materia fiscal: Sus modificaciones a la luz de la reforma hacendaria

Ponen freno a extralimitaciones de la autoridad limitan los montos de los embargos.

Como cualquier otro acreedor, el Estado requiere de bienes por parte de sus deudores para garantizar el pago de los créditos a que éste tiene derecho, evitando así que dichos deudores los enajenen para evitar cumplir con sus obligaciones. Cuando dicha obligación recae sobre un particular en su carácter de contribuyente, en virtud de un crédito fiscal determinado, y el mismo no ha sido garantizado (en caso de que dicho crédito se hubiese impugnado) o enterado (pagado), la autoridad administrativa hace uso de un acto procesal para asegurar los bienes del deudor: el embargo.[1]

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