- Fiscal
- febrero 05, 2014
Devolución del impuesto al valor agregado
Cuando se acredita la exhibición de la DIOT.
Los contribuyentes del IVA solicitarán la devolución conforme a los diversos requisitos que en la regla se contienen, dentro de los cuales se encuentra la obligación de presentar con anterioridad a la fecha de presentación de la solicitud de devolución, la Declaración Informativa de Operaciones con Terceros (DIOT), correspondiente al periodo por el cual se solicita dicha devolución, requisito que se acredita haber cumplido con la exhibición de los acuses de aceptación emitidos por el SAT.