Contribuyentes del RIF ¿Uso obligatorio de Mis Cuentas?

La normatividad proyectada da lugar a distintas interpretaciones.

El 1 de enero de 2014 entró en vigor la reforma al Artículo 28 del Código Fiscal de la Federación (CFF) que establece, en su fracción III, que los registros o asientos que integran la contabilidad se llevarán en medios electrónicos conforme lo establezcan el Reglamento del Código y las disposiciones de carácter general que emita el Servicio de Administración Tributaria (SAT).

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