Subsidio en materia de seguridad social para RIF

El decreto de subsidio no es preciso y genera dudas en cuanto a su aplicación.

A través de este decreto se otorga un subsidio en materia de pago de las cuotas obrero patronales  a las personas físicas que tributen en el Régimen de Incorporación Fiscal (RIF), que durante un periodo de dos años no hayan sido sujetos de contribuciones de seguridad social o que tributaron bajo el Régimen de Pequeños Contribuyentes (REPECO) establecido en la Ley del Impuesto sobre la Renta (ISR) vigente hasta el 31 de diciembre de 2013, en los términos que a continuación se indican.

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