Revisión de facto de papeles de trabajo del dictamen

Nueva obligación en materia de dictaminación fiscal.

El Artículo 52 del Código Fiscal de la Federación (CFF), en su fracción II, establece como uno de los requisitos del dictamen que éste se formule de acuerdo con las disposiciones del Reglamento y las normas de auditoría que regulan la capacidad, independencia e imparcialidad profesionales del contador público, el trabajo que desempeña y la información que rinda como resultado de los mismos.

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