Derecho Fiscal de Mala Fe

Leyes oscuras, ambiguas y confusas, a conveniencia de la autoridad.

DERECHO FISCAL DE MALA FE C.P. Gustavo Leal Benavides Presidente de Fiscalia Director General de Leal Benavides y Cía., S.C., Consultores Fiscales Ver currículum del autor... Publicado el: 11 de octubre, 2004 No hace mucho, en una conferencia en la que participaba como orador un ex funcionario público que ocupó importantes cargos en la SHCP, indicaba que el derecho fiscal mexicano es un derecho de mala fe. Así, con estas precisas y contundentes palabras. Yo me quedé estupefacto, incrédulo, frío, por escuchar lo que estaba escuchando de alguien que estuvo durante muchos años en altos niveles de la administración pública, y verdaderamente conoce por dentro lo que se hace o deja de hacer en materia tributaria, y el porqué de ello. Mi extrañeza la cobijé pensando, confieso que no sin dudas, que esta autorizada opinión se hacía pública motivada por los nuevos tiempos - salpicados más de viejos vicios que de aires frescos - en que el tránsito a la democracia alienta nuevos impulsos y nuevas formas de pensamiento y de expresión. El derecho fiscal mexicano, agregó el orador, se ha ido formando en una lucha de ingenios entre el recaudador y el legislador sostenida contra el ingenio del contribuyente y sus asesores. En esa lucha, los hacedores de leyes (SHCP y legisladores) las hacen oscuras, ambiguas, confusas, a fin de tener armas para que la autoridad fiscal las aplique a como le convenga en función de las circunstancias. TRANZARecurrió a una frase que fue muy utilizada hace algunas décadas en el cine mexicano, y que es parte de la idiosincrasia que los gobiernos altamente corruptos le han formado al mexicano: Jalisco (el fisco) nunca pierde, y cuando pierde, arrebata; lo que traducido a lenguaje más de la época equivale más o menos a: El que no tranza (incluyendo a las instituciones públicas) no avanza. Con leyes imprecisas, ambiguas, indefinidas, si se presentara algún conflicto legal con el contribuyente, se tendrán todas las armas que proporciona nuestro sistema jurídico para que, estando tan umbrosa o nebulosa una disposición, su interpretación por aquellos jueces proclives a cuidarle las espaldas al gobierno, permita a éste perder los menos posibles asuntos en disputa. Existe en derecho penal el principio jurídico in dubio pro reo, que quiere decir que si existe duda, debe resolverse a favor del reo. Se ha buscado por todos los medios, válidos o degradados, como los citados, hacer extensivo este mismo principio a la materia fiscal, pero no para aplicarlo a favor de los contribuyentes, quienes por razón natural son los que deberían, en su caso, tener la protección legal; no, sino a la autoridad, y de esa forma convertir el in dubio pro reo en in dubio pro fisco. ¡Qué bárbara aberración! Y como dice Cristian Castro cuando canta El gallito feliz: Claro que soy feliz... Nosotros decimos: Claro que estamos de acuerdo con las opiniones del ex funcionario, ya que los hechos que durante años hemos observado, de los que por cierto él fue destacado coautor en su tiempo, confirman lo que expresó en un acto inusitado de confesión o catarsis pública, no exenta finalmente de arrojo político. SOLICITUDES ILUSASA través de décadas los contribuyentes y las organizaciones intermedias han solicitado insistentemente tres cosas fundamentales: Leyes claras, sencillas, entendibles; simplificación administrativa y seguridad jurídica. ¿Cómo esperar leyes fiscales sencillas y entendibles, si ahora sabemos que con toda mala intención, con todo el propósito, con toda la mala fe del mundo, se hacen así para que el sufrido contribuyente, moderno esclavo de los sistemas gubernamentales, lleve siempre las de perder? ¿Cómo esperar una simplificación administrativa si la deformación conceptual conduce a los hombres de mala fe a poner más obstáculos para que, por ejemplo, al contribuyente se le niegue la devolución a que tiene derecho; o si se la dan, sea por menos de lo que se le debe; y si finalmente se la tienen que otorgar, sea lo más tarde posible? ¿Cómo esperar seguridad jurídica si lo que se quiere es, con toda la mala fe que nos han descubierto, que el contribuyente, aunque crea estar cumpliendo las confusas leyes, se sienta parado siempre en un ladrillo tambaleante, y experimente de por vida una amenazadora espada de Damocles sobre su cabeza que se llama precisamente inseguridad jurídica? APRENDIZAJEAfortunadamente, ante las pifias de los hacedores de leyes en la históricamente desastrosa reforma fiscal de 2002 (Remember las inconstitucionales leyes del Impuesto Sustitutivo del Crédito al Salario y del Impuesto a la Venta de Bienes y Servicios Suntuarios, que no resistieron el más elemental análisis constitucional), los contribuyentes aprendieron a ir a los tribunales, perdieron el temor a demandar al fisco, perdieron el miedo a ampararse contra leyes abusivas, probaron que pueden pelear legalmente contra los actos indebidos de una autoridad constituida. Los contribuyentes aprendieron, en suma, a perder el miedo de reclamar ante jueces y tribunales sus legítimos derechos. Eso, y las decisiones de una Suprema Corte de Justicia más independiente, más valiente, más consciente de su responsabilidad en el reencauzamiento de este país, en el que nos ha ahogado siempre la impunidad del poder público, son valores que han surgido de los errores y de la mala fe de los modernos portadores de la maldad institucionalizada. Eso, al menos, es una enorme ganancia.  

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